Decreto 1967 de 1991
Artículo Undécimo.
"Cuando suenen los acordes del Himno Nacional todos los presentes deben ponerse de pie. Los varones sedescubrirán la cabeza; hombres y mujeres interrumpirán cualquier actividad que estén desarrollando y soltarán los brazos para adoptar una postura de respeto y veneración; los jinetes se apearán de sus cabalgaduras; los conductores y pasajeros de vehículos automotores descenderán de los mismos y procederán de conformidad."