Tomado de la página Web de la Presidencia de la República |
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¿Por qué se publicita este hecho en la página Web de la Presidencia de la República de Colombia?
"Libertad de cultos en la Constitución Política de Colombia
"La
Constitución del 91 desconoce a la Iglesia Católica como 'la religión de
la nación' que consagraba la Carta de 1886. Sin ser atea, porque invoca
'la protección de Dios' en el Preámbulo y reconoce la libertad de
cultos (Art. 19) sin ningún limite, y desconoce también la supremacía
que la Iglesia Católica mantenía a través del Concordato, cuando señala
que 'todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres
ante la ley'. Si a ello agregamos la libertad de educación religiosa del
artículo 68 y la suspensión de los efectos civiles del matrimonio
católico por divorcio, que prevé el artículo 42, podemos concluir que la
primera derrotada por la Carta de 1991 es la Iglesia Católica, quien
pierde así el reconocimiento centenario de ser un elemento cultural
cohesionante de la nacionalidad colombiana". LEMOS SIMMONDS, Carlos.
Reflexiones sobre nuestra Constitución. Prólogo de la Constitución
Política de Colombia."
http://co.kalipedia.com/historia-colombia/tema/democracia-convivencia-derechos-humanos/libertad-cultos-constitucion-politica.html?x1=20080803klphishco_11.Kes&x=20080803klphishco_12.Kes