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12/20/2014

Congreso Internacional de Protocolo


9/27/2014

Bandera de guerra de la "tropa" Escuela de Potsgrados (sic) de la Policía


Tomada de la Web de la Presidencia de Colombia

Zoom de la fotografía anterior




El Presidente de la República tuvo un diálogo con los oficiales de la Policía en el Centro de Estudios Superiores de la Policía, cuyo escenario luce dos banderas de Colombia e institucional de la Policía con algunas alteraciones.

Descripción en lo que respecta a las banderas

La de Colombia con el asta terminada en punta de lanza y lazo tricolor; escudo de Colombia sobre una estrella en una circunferencia verde y bordeado con un círculo rojo en el que se lee: "República de Colombia, Escuela de Postgrados (sic) de la Policía".   

Errores 

1. La bandera de Colombia no debería ir en ese lugar del escenario porque es la izquierda ceremonial y  es suficiente con la bandera del Presidente que está a la derecha; además, la situaron junto a la institucional.

2. Donde está el escudo nacional es una mezcolanza de bandera de guerra con la utilización del escudo de Colombia que usa la Policía sobre una estrella blanca y un círculo verde.

3. Pretende ser bandera de guerra por el asta con terminación en punta de lanza y lazo tricolor y por el escudo nacional bordeado con un círculo rojo dentro del cual debería ir el nombre de la tropa a la que pertenece.  Pero ¿cuál tropa?  Acaso ¿"Escuela de Potsgrados (sic) de la Policía"?  Una bandera de guerra es una variante de una bandera nacional para uso de las fuerzas militares de una nación.

"La bandera de guerra de uso en el Ejército... llevará en el centro el escudo de armas de la República, enmarcado en una circunferencia de terciopelo rojo de cinco centímetros de ancho y de cuarenta centímetros de diámetro en su parte exterior, dentro del cual se inscribirá, en letras de oro, el nombre del cuerpo de tropas a que pertenece". 

La Ley 12 de 1984, en su artículo 3º describe la forma del escudo de Colombia y en ninguna parte contempla que se enmarque en círculo alguno —excepto para la bandera de guerra que lo contempla el Decreto 861 de 1924— o que lleve un texto diferente al de la tropa a que pertenece. 

4.  Como si fuera poco con la bandera de Colombia alterada, la bandera institucional de la Policía lleva el escudo nacional enmarcado en un círculo rojo, cual bandera de guerra, con la frase: "Policía Nacional, Escuela de Potsgrados (sic) de la Policía".

Desde este blog se invita a la Policía Nacional en cabeza del General Rodolfo Palomino para que ordene a quien corresponda el uso correcto de los símbolos patrios, y a los encargados del Protocolo para que den las instrucciones correctas a los proveedores de banderas, pues sus equivocaciones se deben a la libertad con que cuentan para hacer sus trabajos con más bordados que les representan más dinero.

Fuentes:

COLOMBIA. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. Decreto 1967 del 15 de agosto de 1991, “Por el cual se reglamenta el uso de los símbolos patrios: La Bandera, el Escudo y el Himno Nacional”, art. 8º.

COLOMBIA. Comando General de las Fuerzas Militares. Disposición 005 de 1984, p 15 y 16

COLOMBIA. CONGRESO NACIONAL. Ley 12 de 1984. Art. 3º

SERRADOR Y AÑINO, Ricardo. Iniciación a la Vexilología. P. 35

CACUA PRADA, Antonio. Los símbolos patrios. P. 15
ACADEMIA COLOMBIANA DE HISTORIA. http://www.academiahistoria.org.co

8/21/2014

La bandera de Colombia del Presidente y Vicepresidente de Colombia


 

El Presidente y el Vicepresidente de Colombia se posesionaron el 7 de agosto pasado, y como es natural, sus fotos y datos personales ya aparecen en las respectivas páginas oficiales de la Presidencia. Como fondo de cada fotografía, sendas banderas de Colombia, de guerra.

  • La bandera de guerra es de uso privativo de las Fuerzas Militares.
  • La bandera del Presidente no lleva el círculo rojo. 





8/01/2014

De nuevo las luces festivas en reunión presidencial

Tomado de la Web de la Presidencia
La foto corresponde a una reunión del Presidente de la República con autoridades de la región en el Hotel Cosmos de Buenaventura esta semana.

De nuevo, un salón adornado con luces amarillas, azules y rojas; iluminación propia para fiestas, quinces y horaslocas, como se comentó en un artículo pasado. En ningún momento traducen reunión de Estado.

Con el Hotel Cosmos de Buenaventura; la agencia de publicidad DDB, la Secretaría Privada de la Presidencia, la Oficina de Prensa y la Alta Consejería para las Comunicaciones,  se trató de averiguar telefónicamente el porqué el manejo de estas luces en las reuniones del Presidente en otras ciudades, pero no fue posible conseguir la información por desconocimiento de cada uno de los consultados. 

Sería interesante saber si son directrices de la Presidencia, en este caso de cuál dependencia, o si el proveedor de la misma decide este asunto.  En ambos casos, un error estético y comunicacional. La línea de los actos de Estado debe ser sobria para que el mensaje sea de seriedad y credibilidad.  Son actos de Estado, muy diferentes a los de la empresa privada o a los sociales.  Es cuestión de semiótica

"Buscamos qué faltaba para llenar y decidimos que eran las luces", expresión de un miembro del equipo anterior contratista; o  "las luces se ven lindas", el decir de alguien que vio el salón; no son los conceptos válidos para el manejo de eventos de esta naturaleza.  



7/15/2014

El 20 de julio es obligación izar el pabellón de Colombia


DECRETO 1967 DE 1991 
(agosto 15)
por la cual se reglamenta el uso de los símbolos patrios: la bandera, el Escudo y el Himno Nacional.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Ley 12 de febrero 29 de 1984,

DECRETA:
CAPÍTULO I

DEBERES CIUDADANOS Y DE ENTIDADES
PARA EL USO DE LOS SÍMBOLOS PATRIOS
Artículo 1º.- Es obligación izar la bandera nacional en todo el territorio colombiano en los edificios, casas y dependencias oficiales y particulares, en las siguientes fechas: 20 de julio, 7 de agosto, 12 de octubre, 11 de noviembre y fiesta nacional del Sagrado Corazón de Jesús. Se izará enlutada y a media asta en los días declarados oficialmente como duelo nacional y en las ocasiones que lo disponga expresamente el Congreso Nacional o el Organo Ejecutivo. 

2/14/2014

La decoración en el Consejo de Ministros en el Hotel Combia de Calarcá

Tomado de la Web de la Presidencia

La foto corresponde a la reunión del Consejo de Ministros llevada a cabo en el Hotel Combia de Calarcá.

1.  Escudo de Colombia

El escudo de Colombia no va encerrado en ningún círculo.  Solo cuando va en la bandera de guerra.  Si quieren poner el escudo de Colombia, pónganlo solo, como es.
De nuevo, el escudo en el suelo.  Como se dijo en un artículo anterior, el suelo es el suelo; el suelo se pisa, se pisotea.  Qué falta de respeto para con un símbolo patrio.  Qué "creatividad" tan absurda.

2.  Decoración 

Según averiguaciones hechas con el hotel Combia, éste cuenta con el servicio de iluminación, como se ve en la foto, y si los clientes quieren, la usan.  Es decir, la misma iluminación que ofrecen para "quinces" y "horaslocas", se utilizó para un consejo de ministros.  Un acto de Estado.

Da la impresión de que esta cuestión simbólica y estética se dejó en manos de los contratistas (el hotel Combia y el de logística de Bogotá), sin instrucciones previas, quizás, o dolientes por parte de la Presidencia.

Una cosa es un acto de Estado, que debe ser sobrio, y otra cosa es un espectáculo.  Infortunadamente, por lo general, los proveedores de elementos y logística, echan todos los conceptos en la misma bolsa.  No diferencian. 

Los eventos transmiten mensajes.  Comunican.  Al ver la foto en cuestión, el mensaje es de espectáculo. 

¿Querían que los ciudadanos leyeran el mensaje como espectáculo?  Si es así, entonces, disculpas por este escrito.

 






2/01/2014

El escudo de Colombia en el suelo

Tomado de la Web de la Presidencia
Durante el Consejo de Ministros en Zipaquirá


El escudo de Colombia en el suelo, enmarcado en el círculo rojo como bandera de guerra;  infortunadamente, se cree que así es debido al uso de la bandera de guerra indiscriminadamente desde hace unos diez años, y en este mandato presidencial, con el diseño de la Alta Consejería para las Comunicaciones de la Presidencia.

Decreto 1967 de 1991.

"Art 12.  El escudo de armas de la República de Colombia  solo se usará en la bandera nacioanl del Presidente de la República, en las banderas de guerra, en los membretes de papel, sobres,etc.  mediante los cuales se ventilen asuntos estrictamente oficiales.

Parágrafo.  Se autoriza esculpirlo en monumentos, iglesias, capillas, panteones o cementerios militares, cuarteles, buques, centros docentes y otros lugares, sientre que reunan condiciones de severidad, seriedad y respeto".

Con base en lo anterior, se deduce que el escudo no va en el suelo.  Implícitamente se deduce que el esculpirlo en: "monumentos..." es en una pared o muro, no en el suelo.  El suelo es el suelo.  El suelo se pisa, se pisotea.  Cuestión de semiótica, de significado.

Si la comunidad zipaquireña fue la encargada de esta idea, la Avanzada de la Casa Militar debió impedirlo y educar al mismo tiempo. Para eso está el grupo, para llegar antes, dar directrices y prever alteraciones protocolarias. 

La Presidencia es la llamada a dar ejemplo.

1/30/2014

Uso de la bandera de Colombia en la Segunda Cumbre de la Celac

Tomdo de Internet
Durante la Segunda Cumbre de la Celac en Cuba.

De urgente necesidad que la Cancillería Colombiana envíe con anticipación a los organizadores de eventos internacionales en los que participe Colombia, cuál es la bandera que se debe utilizar.

La bandera impresa en el distintivo de Colombia, que se ve en la fotografía, tiene visos de bandera de guerra: el círculo rojo y el fondo blanco donde está el escudo.

Estas son las consecuencias de que el país tenga cuatro banderas y de que la Presidencia de la República se equivocara con la utilización de la bandera de guerra durante los últimos diez años como fondo donde estuviera el Primer Mandatario.

1/23/2014

La bandera de Colombia en la visita del Presidente de Colombia a España



Tomadas de la Web de la Presidencia
Durante su reciente visita a España, el Presidente Juan Manuel Santos expone ante empresarios españoles y concede una entrevista a la Cadena Ser.

La bandera de la primera fotografía tiene el escudo demasiado grande y en la segunda, la bandera que usa desde mayo de este año, la correcta.  No se sabe si la bandera de la primera foto fue mandada a hacer, quizás con instrucciones de la embajada.

Por otro lado está el pendón con el escudo y debajo  "Libertad y Orden",  frase que fue agregada por el presidente Álvaro Uribe Vélez  (por su propia cuenta, sin acto administrativo alguno) y que prácticamente desapareció o la "mató" el diseño de "marca" ideado por los publicistas de la Alta Consejería para las Comunicaciones.

Urge una revisión de las especificaciones de las cuatro banderas que tiene Colombia para que no se deje en manos de los fabricantes de este símbolo la decisión de uso, tamaño, forma y sentido del escudo.  Aquí está el quid del asunto.

1/17/2014

Protocolo en el uso del escudo en el país de la "prosperidad para todos"


Tomado de la página de la Presidencia

En la Presidencia de Colombia  priman los conceptos publicitarios por encima de las leyes en el uso del escudo nacional que identifica el país.

La Alta Consejería para las Comunicaciones fue la autora de la intervención del escudo nacional, enmarcándolo en un círculo, originado en la bandera de guerra y convirtiéndolo en un logosímbolo cual empresa privada; además de agregarle para competir en posición, en tamaño y en desplazamiento, el eslogan  "Prosperidad para todos".  Este hecho hace pensar en la falta de investigación y respeto por este símbolo por parte de los "creativos".

En la primera fotografía se observa que prima el eslogan "Prosperidad para todos" sobre el tamaño y ubicación del escudo que escasamente se ve y mucho menos el nombre del país, Colombia, dentro del círculo-marco del escudo.

En la segunda foto, en la parte superior del soporte escénico: Prosperidad para todos; y esos cuadritos en verde y rojo son "la marca" como le dicen en la Alta Consejería para las Comunicaciones, con el invisible escudo y el nombre del ministerio.

Basta un poco de sentido común para darse cuenta de la violación a la ley y por consiguiente del caos simbólico.

11/26/2013

Las banderas en el acto de apertura del nuevo puente de Rumichaca

Tomado de Internet
La foto corresponde al acto de apertura del nuevo puente de Rumichaca que comunica a Ecuador con Colombia.

Sobre la mesa las banderas de Ecuador y Colombia a manera de sobremantel.  Según información, tal decoración estuvo a cargo de la Presidencia de Ecuador.

¡Sin palabras!

11/13/2013

El tricolor nacional durante la visita del Ministro de Vivienda a Riohacha

Tomada de la página de la Alcaldía de Riohacha
Todos los seres humanos nos equivocamos; pero es incomprensible que se haya pasado por alto uno de los aspectos más importantes de todo acto protocolario: que las banderas luzcan en su forma original  y donde deben estar. 

Hasta "justificable" cuando se trate de una bandera de otro país porque no son tan familiares, pero no de la bandera de Colombia, nuestro país.

Aunque seguramente intervinieron varias personas en la organización de esta reunión con el Ministro de Vivienda y las autoridades de Riohacha ¿Qué le pasó a la Avanzada del Ministro?

Como recomendación para los organizadores de eventos: no basta con delegar esta funció a los encargados de logística; es necesario revisar y revisar y revisar.  Me pasó hace muchos años cuando estaba empezando en este tema.  Por la noche dejé el salón listo y como de ese club estaban esperando a que la proveedora de las banderas las llevara, le dejé dicho a un empleado que él las pusiera.  Al otro día, menos mal que llegué temprano, Oh! el color rojo arriba en la bandera de Colombia.  Fue Providencial el haberla visto antes del comienzo del evento.

10/30/2013

La Procuraduría General de la Nación incumple la Ley 198 de 1995




De acuerdo con la Ley 198 de 1995, en su artículo Primero, la Procuraduría General de la Nación no cumple con  ella.


"Ordénase la izada de la Bandera Nacional y la colocación del Escudo Nacional, de manera permanente y en todo el territorio nacional, a la entrada principal de los edificios donde funcionen entidades públicas nacionales, departamentales, distritales o municipales; en las guarniciones e instalaciones militares y de policía, y en los establecimientos educativos; así mismo, en las sedes de las misiones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior".

Vale la pena mencionar que la Procuraduría General de la Nación es la encargada de velar por el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales, así como de las decisiones judiciales y administrativas.
 

10/29/2013

Entidades estatales que sí cumplen con la ley

Fachada de la Casa de Nariño, sede de la Presidencia de Colombia



Fachada de la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores


Fachada de la sede del Ministerio del Interior


 Fachada de la sede del Ministerio de Hacienda
 

Fachada de la sede de la Secretaría Distrital de Educación

De acuerdo con la Ley 198 de 1995, en su artículo Primero, estas entidades del Estado sí cumplen al izar la bandera de Colombia en su fachada de manera permanente. 

"Ordénase la izada de la Bandera Nacional y la colocación del Escudo Nacional, de manera permanente y en todo el territorio nacional, a la entrada principal de los edificios donde funcionen entidades públicas nacionales, departamentales, distritales o municipales; en las guarniciones e instalaciones militares y de policía, y en los establecimientos educativos; así mismo, en las sedes de las misiones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior".

10/28/2013

Entidades importantes que no cumplen con la ley

Palacio Nacional

Palacio Nacional

Alcaldía de Bogotá

Edificio del Congreso
  La LEY 198 DE 1995 de julio 17, dice en su artículo 1o:  



Ordénase la izada de la Bandera Nacional y la colocación del Escudo Nacional, de manera permanente y en todo el territorio nacional, a la entrada principal de los edificios donde funcionen entidades públicas nacionales, departamentales, distritales o municipales; en las guarniciones e instalaciones militares y de policía, y en los establecimientos educativos; así mismo, en las sedes de las misiones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior. 
De acuerdo con lo anterior, las instituciones de las fotografías no cumplen con la Ley:  Congreso Nacional, Palacio de Justicia, Alcaldía de Bogotá.  

Qué dice la Procuraduría sobre el particular.







8/25/2012

"Banderas de la 70: ¿asunto de protocolo?

El amigo y colega Javier Álvarez, de la Sala de Ceremonial de Medellín envía este artículo a la espera de comentarios.


El Colombiano – 22 de agosto de 202 – Malala
Banderas de la 70: ¿asunto de protocolo?
Hace poco les había hablado de las banderas que están en la 70, esas que pusieron para los Juegos Suramericanos y que ya parecen trapos viejos ¡Guácala!
Desde entonces he recibido varios correos respecto a lo que me contestó Espacio Público: que por protocolo las banderas no se podían retirar y que había que esperar hasta que se dañaran del todo.  

Javier Álvarez, experto en protocolo me contó que según el decreto 1.967 de 1991, artículo décimo noveno, es de competencia de los alcaldes imponerle una multa de cinco a diez salarios mínimos legales vigentes a quienes “icen la Bandera Nacional en mal estado, desteñidos los colores o alterada la composición de ella en su forma original”. No está de acuerdo con lo que dijo Espacio Público acerca del protocolo. Según él, iría en contra del decreto.

Claro que otros como María Teresa Restrepo me dijeron que en todo el mundo, después de cualquier competencia deportiva, las banderas no se deben bajar, sino que hay que esperar hasta que se caigan a jirones por sí solas- ¿Quién tiene la razón? Yo de verdad no entiendo.
  
En el caso de la bandera nacional, el artículo 19 del Decreto 1967 de 1991 hace alusión a la multa que se aplica si se iza la bandera nacional en mal estado, con los colores desteñidos o alterada su composición de su forma original, como lo dice el artículo.
 
Aunque hay normas universales en materia de protocolo, también cada país tiene las suyas.
En algunos países se baja la bandera en mal estado y se quema, y en otros, se guarda en una caja y se entierra. Rituales que manifiestan el respeto que se debe tener por este símbolo patrio. 

Así, pues, es necesario proceder de acuerdo con la normativa del país en el que se esté. 

Placas conmemorativas en la inauguración de dos obras por el Presidente de Colombia

Foto tomada de la página Web de la Presidencia
Acto inaugural de la Biblioteca Pública Centro Bicentenario Antonia Santos, construida por el Gobierno Nacional por medio del  Ministerio de Cultura para el municipio del Socorro en conmemoración  de los 200 años de la gesta independentista y como reconocimiento por ser el primer municipio de Colombia en firmar un acta de independencia  el 10 de julio de 1810. 

Comentarios  

El logosímbolo "Prosperidad para todos", a la misma altura del escudo de Colombia,  con un mensaje subliminal para que no se olvide que la obra fue hecha en este gobierno. 

Debajo del escudo de Colombia, la frase "Libertad y orden", propuesta verbal del expresidente Álvaro Uribe Vélez, dentro del contrato por el Manual de uso del escudo de Colombia, que firmó con la agencia de publicidad de Carlos Duque y por lo que pagó $26 millones cien mil pesos.

También, debajo de esta frase, para el que diseñó la placa, es más importante el Ministerio que República de Colombia. 

En el texto, sobra el tratamiento "señor" que antecede al nombre.  Bueno, menos mal que no escribieron primero el nombre de él.



Foto tomada de la página Web de la Presidencia
Inauguración del puente "Antonia Santos" en Girón Santander.

Comentarios:  

Al menos dejaron el escudo de Colombia en el centro, libre de logosímbolos de gobiernos.

Según se ve, parece que es más importante la persona natural del Dr. Juan Manuel Santos Calderón que el ser Presidente.

En cuanto a los logosímbolos en la parte inferior.  Claro, no podía faltar el de "Prosperidad para todos", sino cómo se comprobaba después que fue una obra de este gobierno; tampoco podía faltar el logosímbolo del Ministerio de Transportes, "rueda suelta" de la Presidencia, porque se considera una empresa privada, según un logosímbolo; y no podía faltar hacerle publicidad a la empresa constructura.

Y ¿qué dice el decreto 1678 de 1958? 

"... Igualmente prohíbese la colocación de placas, o leyendas, o la erección de monumentos destinados a recordar la participación de los funcionarios en ejercicio en la construcción de obras públicas, a menos que así lo disponga una ley del congreso".

8/05/2012

7 de agosto Día de la Bandera

De acuerdo con la Ley 28 de 1925, en Colombia se celebra el Día de la Bandera el 7 de agosto.
En tal sentido y de acuerdo con el Decreto 1967 de 1991, es deber patrio izar el pabellón nacional en las fachadas de las casas y edificios.

Vale la pena aclarar que la bandera no lleva escudo y se iza a las 8 de la mañana y se arría a  las 6 de la tarde.

7/25/2012

Te Deum el 20 de julio

Tomado de la página Web de la Presidencia de la República

Tomada de la página Web de la Presidencia de la República
Dentro de la celebración de la Independencia nacional  el 20 de julio, se llevó a cabo un  Te  Deum en la Catedral Primada de Colombia.

¿Por qué se publicita este hecho en la página Web de la  Presidencia de la República de Colombia?


"Libertad de cultos en la Constitución Política de Colombia

"La Constitución del 91 desconoce a la Iglesia Católica como 'la religión de la nación' que consagraba la Carta de 1886. Sin ser atea, porque invoca 'la protección de Dios' en el Preámbulo y reconoce la libertad de cultos (Art. 19) sin ningún limite, y desconoce también la supremacía que la Iglesia Católica mantenía a través del Concordato, cuando señala que 'todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley'. Si a ello agregamos la libertad de educación religiosa del artículo 68 y la suspensión de los efectos civiles del matrimonio católico por divorcio, que prevé el artículo 42, podemos concluir que la primera derrotada por la Carta de 1991 es la Iglesia Católica, quien pierde así el reconocimiento centenario de ser un elemento cultural cohesionante de la nacionalidad colombiana". LEMOS SIMMONDS, Carlos. Reflexiones sobre nuestra Constitución. Prólogo de la Constitución Política de Colombia."

http://co.kalipedia.com/historia-colombia/tema/democracia-convivencia-derechos-humanos/libertad-cultos-constitucion-politica.html?x1=20080803klphishco_11.Kes&x=20080803klphishco_12.Kes

7/21/2012

Decoración con la bandera de Colombia



Acto de instalación del Congreso de la  República


Desfile del 20 de julio en San Andrés Islas
En ambos actos está puesta la bandera de Colombia, recogida, como una escarapela; forma usual en otros países, por ejemplo  en los Estados Unidos, pero no con la bandera como  tal, sino una tela con sus colores.

Todo lo que hace la Presidencia en cuestión del manejo de los símbolos patrios  es copiado por el resto del país.  Por eso debe haber gran responsabilidad  en cualquier iniciativa de "decoración". Con la bandera puesta en un asta y detrás del Jefe de Estado, es suficiente.